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DESPUÉS DEL DIVORCIO: LA RESPONSABILIDAD DE SEGUIR SIENDO PADRES

20 oct
5 min de lectura

Cuando una pareja con hijas y/o hijos decide separarse, uno de los mayores retos consiste en aprender a distinguir el vínculo de pareja del vínculo parental, pues la relación entre dos adultos puede terminar sin embargo la responsabilidad frente a sus hijos NO. Y es que, después del divorcio lo que alguna vez fueron conflictos de pareja suele transformarse en disputas por la guarda y custodia, las convivencias, las decisiones escolares, los tratamientos médicos, las vacaciones, los gastos o incluso por la manera en que cada progenitor participa en la vida cotidiana de sus hijos e hijas.


Y justamente es en medio de esa disputa que quedan atrapados niñas, niños y adolescentes que no eligieron la separación. Cuando una familia llega a un juzgado, la pregunta no debería reducirse a quién obtiene la custodia o quién logra más días de convivencia, la pregunta mas importante debe ser ¿Qué es lo que nuestros hijos necesitan para crecer seguros, escuchados, protegidos y acompañados?


Es ahí donde comienza a construirse la CORRESPONSABILIDAD PARENTAL, entender que ser expareja no significa dejar de ser padres y uno de los principales desafíos después de una separación consiste en no trasladar el conflicto de pareja al ejercicio de la parentalidad, una relación de pareja puede tener múltiples razones por las que puede terminar, sin embargo el hecho de que dos personas hayan dejado de funcionar como pareja no determina por sí mismo, quién puede o no ejercer adecuadamente sus responsabilidades como madre o padre.


Cuando esto sucede, cada dimensión debe analizarse por separado, el conflicto pertenece exclusivamente a los adultos y no a los hijos e hijas en común. Esto es sumamente importante.


Los niños y niñas no pueden ni deben convertirse en mensajeros, negociadores, confidentes, testigos de las discusiones ni instrumentos de presión entre adultos. Tampoco deberían escuchar que uno de sus padres “no los quiere ver” o que el otro “no permite la convivencia”, especialmente cuando esas afirmaciones forman parte de una disputa entre adultos. Pues si esto sucede estamos colocando una carga emocional que no corresponde a los hijos, a esto se le llama conflicto de lealtades, y no no debería exigirles elegir dado que nuestros hijos e hijas tienen absoluto derecho de construir su propia relación con cada uno de sus padres, siempre que ese vínculo sea compatible con su bienestar y seguridad. En definitiva la corresponsabilidad parental no puede reducirse a solamente un calendario de visitas.


Un padre no debe convertirse en un visitante de fin de semana . Pero tampoco puede entenderse que la persona que tiene a los hijos bajo su cuidado cotidiano deba asumir prácticamente sola todas las cargas de crianza. La maternidad y la paternidad no se ejercen únicamente durante las horas de convivencia, se ejercen también cuando hay que acudir a una reunión escolar, ir al médico, resolver una emergencia, acompañar una crisis emocional, comprar medicamentos, ayudar con una tarea o sencillamente estar.


Durante generaciones hemos reproducido una idea en la que la madre aparece como cuidadora natural y el padre como proveedor. Y ese modelo ha tenido consecuencias para ambos, pues ha colocado sobre muchas mujeres una carga desproporcionada de cuidados y, al mismo tiempo ha reducido la participación de muchos hombres en la crianza a la función económica. Ejercer una corresponsabilidad parental obliga a cuestionar ese esquema, puesto que un hombre puede ejercer una paternidad afectiva, presente y responsable y una mujer puede trabajar, desarrollarse profesionalmente y continuar siendo una madre comprometida hoy en día el cuidado no tiene género, por lo tanto, la responsabilidad parental tampoco.


Los hijos no pertenecen a mamá. No pertenecen a papá. Son personas titulares de derechos, por lo tanto tienen derecho a ser escuchados conforme a su edad y grado de madurez; a vivir libres de violencia; a recibir cuidados adecuados; a desarrollarse en condiciones de bienestar y cuando ello sea benéfico para ellos mantener vínculos significativos con ambos.


Existen situaciones muy precisas que en nuestro ejercicio profesional debemos analizar con mucha cautela como lo es: violencia familiar, abuso, negligencia, amenazas, consumo problemático de sustancias u otras circunstancias que pueden justificar restricciones, supervisión o incluso suspensión de convivencias. Y cuando existe un riesgo real, nuestra obligación ante todo es la protección de niñas, niños y adolescentes , esta debe estar por encima de cualquier pretensión de los adultos.


Cada caso requiere análisis individual, evidencia y una mirada que permita identificar tanto los riesgos como las necesidades reales de quienes están involucrados. El interés superior de la niñez no debe convertirse en una frase utilizada para justificar posiciones previamente asumidas , debe ser un criterio efectivo para tomar decisiones y proteger cuando es sumamente necesario.


Por eso, el litigio familiar requiere una responsabilidad distinta, no se trata solamente de obtener una resolución favorable para nuestro cliente. Se trata de identificar qué solución jurídica puede proteger mejor los derechos de las personas involucradas y, particularmente, de niñas, niños y adolescentes.


Una sentencia puede establecer horarios, determinar una pensión alimenticia, pero ninguna resolución puede fabricar voluntad, empatía o responsabilidad.


Como adultos tenemos la responsabilidad de convertir las obligaciones en conductas y por eso, además del litigio, necesitamos promover mecanismos de diálogo, mediación y construcción de acuerdos cuando las condiciones lo permitan. No para obligar a dos personas a reconciliarse o para minimizar situaciones de violencia. Sino para ayudarles a construir una relación parental funcional cuando sea posible. Porque dejar de ser pareja no significa que debamos convertirnos en enemigos para siempre.


La voz de niñas, niños y adolescentes importa.


Ambos padres pueden conocer sus actividades escolares, acudir a una cita médica, estar pendientes de sus necesidades emocionales, establecer límites, acompañar las tareas. Y todo aquello que día con día viven y seguirán viviendo por el resto de su infancia y juventud. Incluso adultez. Comprender que ejercer conjuntamente la patria potestad no consiste en acumular derechos frente al otro progenitor. Sino en asumir responsabilidades frente a los hijos.


Después de un divorcio o separación, son los niños y niñas quienes deben sentir la seguridad de saber que aunque su familia cambió y se modificó; se logró reconstruir, y tanto mamá como papá estarán siempre ahí.



¿Pueden crecer sabiendo que el divorcio de sus padres no significó el abandono de ninguno de ellos?

  • SI, POR SU PUESTO

  • NO CREO


Claro que sí, estamos más cerca de comprender lo que significa una verdadera corresponsabilidad parental. Porque una familia después del divorcio no tiene que parecerse a la familia que existía antes, puede tener dos casas, nuevas dinámicas. Y dentro de esta nueva realidad no perder aquello que necesitan para desarrollarse plenamente como lo es la seguridad, estabilidad, cuidado, respeto y vínculos familiares sanos.


El matrimonio puede terminar. La pareja puede dejar de existir. Pero la maternidad y la paternidad permanecen. Y con ellas permanece una responsabilidad que ninguna sentencia de divorcio puede extinguir.


La tarea del derecho familiar no es prolongar indefinidamente el conflicto entre adultos, sino contribuir a transformarlo, Porque después del divorcio también se puede reconstruir. No necesariamente la misma familia, pero sí una nueva forma de ejercerla. Una donde mamá y papá entiendan que ya no tienen que ser pareja para trabajar juntos en algo mucho más importante: SEGUIR SIENDO PADRES.

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